Filosofía política
- Filosofía política.
- Teoría política renacentista.
- Nicolás Maquiavelo (1469 – 1527).
- Teorías políticas modernas: contractualismos.
- Versión absolutista (Thomas Hobbes, 1588-1679).
- Versión liberal (John Locke, 1632 - 1704).
- Filosofía política contemporánea.
- La política como diálogo (Hannah Arendt 1906-1974).
- Democracia deliberativa (Jürguen Habermas, 1929).
- La sociedad justa (John Rawls, 1921-2002).
- FILOSOFÍA POLÍTICA
✓ La filosofía política aborda las razones que sustentan la relación política entre los individuos. Es
decir, la justificación de la autoridad y la obediencia.
✓ Tiene dos objetivos: a) aclara los conceptos
políticos, y b) crítica o justifica estos conceptos.
En relación con el primer objetivo, la filosofía política pregunta por los requisitos para la existencia
del Estado o la comunidad política. En relación con el segundo
objetivo, pregunta por la validez por conceptos políticos.
✓ En este
sentido tenemos las siguientes preguntas: ¿Qué es el Estado? ¿En
qué consiste la soberanía? ¿Cómo es una sociedad justa? ¿Qué
derechos sociales debe defender y priorizar el Estado? ¿Cómo se
deben tomar las decisiones en una sociedad? ¿Qué obligaciones
deben tener los individuos respecto al Estado?
- TEORÍA POLÍTICA RENACENTISTA
- Nicolás Maquiavelo (1469 – 1527)
✓ Maquiavelo nació en Florencia y es considerado el pensador político más
importante de la etapa de transición entre la Edad Media y la Edad
Moderna.
✓ A diferencia del pensamiento político antiguo y medieval que se
enfocó en cómo debe ser el buen gobernante, Maquiavelo se enfocó en
la experiencia política real para enseñar de qué medios dispone el
gobernante si quiere alcanzar sus fines al margen de si estos son buenos
o malos.
✓ Sus dos obras centrales son El Príncipe y Discursos sobre la
primera década de Tito Livio. En la primera, da cuenta de cómo se
alcanza el poder, cómo se mantiene y cómo se pierde. Para esto aborda
las habilidades del príncipe (virtud) de aprovechar la coyuntura o las
circunstancias dadas (fortuna) para alcanzar el éxito al margen de las
consideraciones morales. Al respecto afirma que el medio principal para obtener y conservar el
poder es el engaño, y que el príncipe debe saber ser hombre y bestia cuando le convenga,
alternando según la circunstancia entre la ferocidad del león y la astucia del zorro. En esto
consiste el arte de gobernar.
- TEORÍAS POLÍTICAS MODERNAS: CONTRACTUALISMOS
A partir del s. XVII se desarrolló la teoría moderna del contrato social. Sus versiones son: - VERSIÓN ABSOLUTISTA (Thomas Hobbes, 1588-1679)
✓ Para Hobbes el hombre no es un animal social que coopera con sus
semejantes, como pensaba Aristóteles, sino que es un egoísta
psicológico.
✓ Antes de la fundación del Estado los hombres viven en el estado de naturaleza; es decir, en un estado de guerra de todos contra todos en donde existe la
amenaza de morir.
✓ Llevados por el temor a la muerte, y para salir del estado de naturaleza, el ser
humano establece un acuerdo o pacto social, y con ello surge el Estado (Leviatán), al cual deben
obedecer forzosamente.
✓ En el contrato los individuos deciden renunciar al derecho a gobernarse
por sí solos y trasladan su poder soberano a un otro: al nuevo soberano.
✓ Este soberano ejerce el
poder de forma absoluta; es decir, de manera total, sin interferencia de nadie y sin dar cuenta a
nadie.
✓ El propósito del nuevo soberano es garantizar la vida de los individuos. De este modo,
ellos pueden disfrutar de los recursos sin preocuparse por su seguridad.
✓ En la sociedad del
Leviatán la obediencia se justifica por la protección. Sin embargo, la rebelión es válida si el
soberano comete genocidios quebrantando así el derecho natural a la auto-preservación. - VERSIÓN LIBERAL (John Locke, 1632 - 1704)
Para Locke, el hombre es por naturaleza un animal sociable, y la razón enseña a los hombres
que son todos iguales y libres por naturaleza, de ahí que nadie puede atentar contra la vida,
libertad o propiedad de otro. El estado de naturaleza originario no es un estado de guerra (como
creyó Hobbes); sin embargo, la razón persuade a los hombres de que sus derechos naturales
(igualdad, libertad y propiedad) pueden quedar mejor salvaguardados mediante el
establecimiento de la sociedad civil a través de un contrato social.
En la sociedad civil cada individuo renuncia a ser juez e intérprete en el ejercicio de sus
derechos, sometiéndose, en virtud del pacto, a la autoridad estatal. Pero ello no quiere decir que
renuncie a sus derechos, pues la finalidad máxima por la que los hombres han decidido reunirse
en una comunidad política (el Estado) es para que ella reconozca, permita y garantice el ejercicio
de sus derechos.
- FILOSOFÍA POLÍTICA CONTEMPORÁNEA
- LA POLÍTICA COMO DIÁLOGO (Hannah Arendt 1906-1974)
✓ Para Hannah Arendt la política es la actividad por la cual se encuentran y contrastan diferentes
perspectivas que buscan alcanzar un acuerdo a través del diálogo.
✓ El dialogo y el logro de
consensos genera la comunidad política o polis, la que expresa los compromisos asumidos de
sus participantes de llevar una vida compartida y de participar activamente en ésta.
✓ La comunidad política es el espacio de encuentro donde se genera el poder. Por esto, el poder
se caracteriza: por ser una propiedad de la acción coordinada de los sujetos que buscan un
objetivo común; por ser una creación humana, resultante de los compromisos colectivos; y por
basarse en el consentimiento y la persuasión racionales.
✓ La legitimidad del poder deriva del
original compromiso de los miembros de la comunidad y se preserva cada vez que se actúa a
través del diálogo y la persuasión. Sin embargo, esta legitimidad desaparece cuando intervienen
la fuerza y la violencia para imponer una voluntad individual sobre la base de la coerción. - DEMOCRACIA DELIBERATIVA (Jürguen Habermas, 1929)
✓ De acuerdo con esta
posición, los mandatos
del Estado se basan en
el diálogo o
intercambio de ideas
hecho en forma libre,
sin coacciones de
ningún tipo. Para esto
no debe existir ninguna
forma de exclusión que
impida la participación
de los involucrados.
✓ Se deben dar las
condiciones económicas y legales que permitan a todos los involucrados participar sin ventaja de ningún tipo. En estas condiciones se
espera que los participantes estén dispuestos a escucharse mutuamente y, así, alcanzar una
mutua comprensión de sus motivaciones.
✓ El resultado de la mutua comprensión es el consenso
entre los diferentes puntos de vista, que es la característica de la democracia.
Por esto Habermas afirma que la democracia no consiste en la imposición de la voluntad de la
mayoría sobre una minoría, sino en el respeto que merecen las creencias y las preferencias de
todos los ciudadanos. Esto implica el derecho de los ciudadanos de ser escuchados y atendidos,
no importando si son mayoría o minoría. - LA SOCIEDAD JUSTA (John Rawls, 1921-2002)
✓ El propósito de su teoría de la justicia es dar los criterios que deben gobernar una sociedad justa.
✓ El problema que enfrenta Rawls es: ¿Cómo los individuos con intereses particulares pueden
escoger reglas que beneficien a todos y no solo a sus intereses? Él responde con una hipótesis.
Imaginemos que desconocemos la posición que tenemos en la sociedad, es decir,
desconocemos nuestro género, nuestra cultura, nuestra clase social, nuestra religión, nuestra
orientación política, nuestras creencias y preferencias. A esta situación de desconocimiento
Rawls la llama velo de ignorancia.
Dado el velo de ignorancia, todos nos encontramos en una posición original, es decir, en una
situación en la que nadie puede sacar ventaja de ningún tipo.
✓ En esta situación de posición
original la única manera de que alguien se beneficie es pensando en las reglas que beneficien a
todos. Solo ahora se pueden plantear los principios o reglas de la sociedad justa. Rawls formula
dos tipos de principios que se derivan de la posición original:
Principio de libertades o de igual libertad: Señala que todo individuo debe tener las más
extensas libertades básicas que le aseguren la participación en las decisiones sobre su sociedad.
Estas libertades se refieren principalmente a libertades económicas y políticas de los individuos.
Principio de diferencia y equidad de oportunidades: Señala que las desigualdades
económicas y sociales son aceptables siempre que: a) todos se beneficien de ellas, lo que
implica el beneficio de los menos favorecidos; y b) que, de este modo, todos puedan acceder a
cargos y funciones de los que pueden beneficiarse, en igualdad de oportunidades.
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